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ARTICULO 45.-Actos anteriores a la inscripción Los actos anteriores a la inscripción de la sentencia pueden ser declarados nulos, si perjudican a la persona incapaz o con capacidad restringida, y se cumple alguno de los siguientes extremos:
a) la enfermedad mental era ostensible a la época de la celebración del acto; b) quien contrató con él era de mala fe; c) el acto es a título gratuito.
1. introducción
La redacción actual es mejor "”en mucho"” a la que la precediera (art. 473 CC).
El art. 473 CC disponía que los actos "anteriores a la declaración de incapacidad podrán ser anulados, si la causa de la interdicción declarada por el juez existía públicamente en la época en que los actos fueron ejecutados". Es decir, la norma establecía la posibilidad de anulación "”anulabilidad en relación a"” actos anteriores a la sentencia de interdicción, si "la causa de interdicción" "”la enfermedad mental, en el anterior régimen"” existía de modo público o notorio en la época de ejecución del acto.
El art. 45 CCyC, en primer término, establece el punto temporal para determinar los "actos anteriores" en relación a la condición la inscripción de la sentencia y no solo su dictado, por iguales razones a las arriba explicadas en relación a la oponibilidad a terceros.
Si bien no se aclara, se incluyen las sentencias de ambos procesos "”restricción a la capacidad e incapacidad"”, tal como establece a continuación la norma al especificar cuál es la persona protegida: la persona incapaz o con capacidad restringida.
Interpretacion COMENTADA al Art. 45 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 42 ] [ Art. 43 ] [ Art. 44 ] 45 [ Art. 46 ] [ Art. 47 ] [ Art. 48 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 45 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO I
- Persona humana
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CAPITULO 2
- Capacidad
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SECCION 3ª
- Restricciones a la capacidad
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Parágrafo 3°
- Actos realizados por persona incapaz o con capacidad restringida
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También puedes ver: Art.45 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion