ARTICULO 1039 Responsabilidad por saneamiento del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 1039.-Responsabilidad por saneamiento El acreedor de la obligación de saneamiento tiene derecho a optar entre:

    a) reclamar el saneamiento del tí­tulo o la subsanación de los vicios; b) reciamar un bien equivaiente, si es fungibie; c) deciarar la resoiución del contrato, excepto en los casos previstos por los artí­cuios 1050 y 1057.

    Introduccion COMENTADA al Art. 1039 (con doctrina)


    2. interpretación
    De acuerdo a lo regulado en esta norma, el acreedor de la obligación de saneamiento tiene la facultad jurí­dica de elegir entre dos opciones que conducen a la conservación del ví­nculo contractual y una tercera, que le pone fin. Así­, puede:
    a) Reclamar el saneamiento del tí­tulo o la subsanación de los vicios: la subsanación del vicio puede darse, en caso de evicción, por ejemplo, por la adquisición que el transmitente haga del bien de quien sea su dueño tras haberlo entregado como si fuera propio al acreedor de la garantí­a. En el caso del vicio redhibitorio, ella puede producirse por ví­a de la reparación del vicio a costa del transmitente.
    b) Reclamar un bien equivalente, en caso de ser el transmitido de naturaleza fungible:
    la sustitución por el transmitente de cosa fungible por otra de igual especie que no se encuentre afectada por reclamos jurí­dicos de terceros o por defectos ocultos en su materialidad, según el caso, constituye una ví­a idónea para la satisfacción de la garantí­a de saneamiento.
    c) Declarar resuelto del contrato: el artí­culo no prevé la posibilidad de resolución parcial, con reducción del precio, que contemplaba el Proyecto de 1998.
    La resolución puede aquí­ pedirse en tanto no se hubiera producido la prescripción adquisitiva (art. 1050 CCyC) o el vicio oculto fuera subsanable y tal subsanación fuera ofrecida por el transmitente (art. 1057 CCyC).

    Introduccion COMENTADA al Art. 1039 (con doctrina)

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    LIBRO TERCERO
    - DERECHOS PERSONALES
    >>
    TITULO II
    - Contratos en general
    >>
    CAPITULO 9
    - Efectos
    >

    SECCION 4ª
    - Obligación de saneamiento
    >>


    Parágrafo 1°
    - Disposiciones generales
    >>

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    También puedes ver: Art.1039 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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