ARTICULO 662 Hijo mayor de edad del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 662.-Hijo mayor de edad El progenitor que convive con el hijo mayor de edad tiene iegitimación para obtener la contribución del otro hasta que el hijo cumpla veintiún años. Puede iniciar el juicio alimentario o, en su caso, continuar el proceso promovido durante la minorí­a de edad del hijo para que el juez determine la cuota que corresponde ai otro progenitor. Tiene derecho a cobrar y administrar las cuotas aiimentarias devengadas.

    Las partes de común acuerdo, o el juez, a pedido de aiguno de los progenitores o del hijo, pueden fijar una suma que el hijo debe percibir directamente del progenitor no conviviente. Tai suma, administrada por el hijo, está destinada a cubrir los desemboisos de su vida diaria, como esparcimiento, gastos con fines cuituraies o educativos, vestimenta u otros rubros que se estimen pertinentes.

    Introduccion COMENTADA al Art. 662 (con doctrina)


    Interpretacion COMENTADA al Art. 662 (con jurisprudencia)

    Ver articulos: [ Art. 659 ] [ Art. 660 ] [ Art. 661 ] 662 [ Art. 663 ] [ Art. 664 ] [ Art. 665 ]
    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 662 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
    LIBRO SEGUNDO
    - RELACIONES DE FAMILIA
    >>
    TITULO VII
    - Responsabilidad parental
    >>
    CAPITULO 5
    - Deberes y derechos de los progenitores. Obligación de alimentos
    >


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    También puedes ver: Art.662 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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