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ARTICULO 2618.- Nombre El derecho aplicable al nombre es el del domicilio de la persona de quien se trata, al tiempo de su imposición. Su cambio se rige por el derecho del domicilio de la persona al momento de requerirlo.
Introduccion COMENTADA al Art. 2618 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2618 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2615 ] [ Art. 2616 ] [ Art. 2617 ] 2618 [ Art. 2619 ] [ Art. 2620 ] [ Art. 2621 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2618 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO SEXTO
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TITULO IV
- Disposiciones de derecho internacional privado
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CAPITULO 3
- Parte especial
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SECCION 1ª
- Personas humanas
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También puedes ver: Art.2618 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual