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ARTICULO 2274.- Acciones por distintos hechos. El demandante en la acción real no puede iniciar acciones posesorias por lesiones anteriores a la promoción de la demanda, pero sí puede hacerlo el demandado.
Introduccion COMENTADA al Art. 2274 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2274 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2271 ] [ Art. 2272 ] [ Art. 2273 ] 2274 [ Art. 2275 ] [ Art. 2276 ] [ Art. 2277 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2274 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO XIII
- Acciones posesorias y acciones reales
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CAPITULO 3
- Relaciones entre las acciones posesorias y las acciones reales
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También puedes ver: Art.2274 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales