ARTICULO 2015 Mayor valor por características edilicias del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 2015.- Mayor valor por caracterí­sticas edilicias. No puede reclamar el mayor valor originado por las caracterí­sticas edilicias del muro y de sus cimientos, con relación a la estabilidad y alsladón de agentes exteriores, que exceden los estándares del lugar.

    Introduccion COMENTADA al Art. 2015 (con doctrina)


    Interpretacion COMENTADA al Art. 2015 (con jurisprudencia)

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    ¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2015 del Código Civil y Comercial Argentina?

    Fallos de la CSJN relacionados al artículo 2015 del Código Civil y Comercial
    - Fallos: Tomo 341 - Página 268

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    LIBRO CUARTO
    - DERECHOS REALES
    >>
    TITULO IV
    - Condominio
    >>
    CAPITULO 5
    - Condominio con indivisión forzosa perdurable
    >

    SECCION 2ª
    - Condominio sobre muros, cercos y fosos
    >>



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    También puedes ver: Art.2015 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion





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