Definición de VOTO DE GRACIAS


    Pública y solemne expresión de agradecimiento que el Parlamento testimoniaba al gobierno dentro de la situación creada por la Const.
    esp. de 1876, y que debí­an firmar, como iniciativa, 7 miembros de Cí¡mara respectiva. Se discutí­an sin pasar a la Comisión correspondiente y sin dictamen de las secciones. Como acto de cortesí­a resulta superfino en las relaciones de los Poderes públicos, y se concreta tan sólo en el voto de confianza (v e v ) sin excluir otros actos de adulación a que son propensas las asambleas que los dictadores toleran por serles muy adictas.


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