Definición de "UTI ROGAS"


    Locución latina. Como pides; aprobado, adoptado. En los comicios del pueblo romano, fórmula para la aprobación o adopción de un proyecto de ley presentado por un tribuno u otro magistrado.
    Con esas palabras se ponía término al proceso romano de la formación de sus leyes. Sé iniciaba con la promulgatio: conocimiento que el magistrado debía anticipar al pueblo al convocarlo para la asamblea. Reunidos el pueblo y los magistrados, después de invocar, el que de éstos dirigiera la reunión, el favor de los dioses (el auspicium), y tras constituirse propiamente en asamblea se leía el proyecto de ley y se requería al pueblo para que lo aprobara (rogatio). El sufragium, la votación, sólo podía consistir en la aprobación (Uti togas) o en el rechazamiento. El Senado intervenía posteriormente para confirmar la decisión popular.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...