- Esta atrayente locución periodística ofrece interés jurídico por cuanto sirve para el cómputo de la ausencia (v.e.v.). Por "últimas noticias" de una persona se comprende el día en que envió su última carta, o en que se comunicó por teléfono u otro medio a distancia, o en que fué vista por última vez; y no el día en que los amigos o parientes del ausente han recibido tales noticias o testimonios, fecha que puede ser posterior en lapsos hasta de años.
Tanto para la declaración de ausencia como para la presunción de muerte (v.e.v.) de una persona, los códigos civiles se apoyan, entre otros supuestos, en la recepción de las últimas noticias de tal sujeto, (v. los arts. 11)4 y 191 del texto csp. y 111 y 112 <^pl arg.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual