- El de carácter internacional, como concertado por dos naciones, a fin de una colaboración estrecha en uno o más problemas que interesan a su actividad general en lo económico, o a las aspiraciones, paralelas o, armonizables, dentro de su desarrollo o expansión. Con hipocresía, encubre en ocasiones un tratado de alianza, aunque se trate de comprometer la solidaridad de ambos pueblos con alguna fórmula rígida de finalidades comunes, con renuncia a denunciarlo en el plazo estipulado.
Expresiones colectivas de esta contratación inter- cstatal se encuentran en el Tratado de asistencia mutua, que la liquidada Sociedad de Naciones esbozó en 1923, y en el Tratado de asistencia recíproca (v.e.v.), concertado en 1947 por los países americanos. (Y. TRATAD? DE ALIANZA y DE AMISTAD,)
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