Definición de SERVIDUMBRE CONTINUA


    El derecho real sobre predio ajeno, establecido en beneficio de otra heredad o de persona distinta al dueño de aquél, cuando su uso es o puede ser persistente, sin hecho actual del hombre; como la servidumbre de acueducto o la de vistas. No deja de ser continua la servidumbre si el ejercicio se interrumpe durante intervalos más o menos largos, a causa de obstáculos- cuya remoción exija el hecho del hombre (art.
    2.975 del Cód. Civ. arg.).
    El art. 532 del Cód. Civ. esp. considera servidumbres continuas "aquellas cuyo uso es o puede ser incesante, sin la intervención de ningún hecho del hombre". Las servidumbres continuas, y aparentes además, se adquieren por título o por prescripción de 20 años; pero, si se trata de aparentes y discontinuas, la adquisición se admite únicamente por título, reconocimiento del dueño del predio sirviente o sentencia firme (arts. 537 y 540).
    Sobre el signo aparente de servidumbre entre dos fincas del mismo dueño, v. SERVIDUMBRE TÁCITA; como oposición, v.
    SERVIDUMBRE DISCONTINUA.


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