Definición de REBAJA


    Disminución del precio primero ofrecido o generalmente fijado. Descuento que ciertos negociantes y empresas hacen a los clientes, a los intermediarios o a los que adquieren grandes cantidades de productos. | | Bonificación.
    Por casos fortuitos ordinarios no tiene el arrendatario derecho a rebaja, pero sí por los extraordinarios (como incendio, guerra, peste, inundación insólita, terremoto y otro análogo en la magnitud y en lo imprevisto), si significa la pérdida de más de la mitad de los frutos (art. 1.575 del Cód. Civ. esp.). (v. PRECIO MÁXIMO, TASA.)

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