Definición de PROTESTO PARA MAYOR SEGURIDAD


    El que puede levantar el tenedor de una letra de cambio, aun aceptada por el librado, cuando éste haya dejado protestar otras aceptaciones, acudiendo antes del vencimiento a los indicados en el documento (art. 481 del Cód. de Com. esp.). La denominación de este protesto corresponde al legislador.


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