Definición de POSESIÓN CIVIL


    La tenencia de una cosa o disfrute de un derecho por una persona que une a ello la intención de haber la cosa o derecho como suyos (art. 430 del Cód. Civ. esp.). Caracteres de esta posesión son la buena fe, la justa causa y la creencia o dominación dominical. Se contrapone a la posesión natural (v.e.v.).


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