Definición de PERJURIO


    Juramento en falso. Quebrantamiento de lo jurado. Delito que cometen los testigos y peritos que declaran a sabiendas contra la verdad ;> esto por el juramento de veracidad que previamente se les exige.
    Dice Gorphe que como el juramento constituye un solemne llamamiento a la conciencia, con invocación, expresa o no, a Dios, a una divinidad o a aquello que se tiene por sagrado, su infracción integra pecado para la moral y también delito para la ley. Su eficacia, agrega, depende de la conciencia, moral o religiosa, del testigo: no sirve amo para los creyentes o los honrados. Bien es verdad que tal eficacia se refuerza por el temor de la sanción penal que lleva consigo el perjurio; más es muy sabido que demasiados perjuros se libran de ella en razón de la dificultad existente para confundir a los falsos testigos, hábiles sobre todo para la prueba de la intención culpable, que suele distinguirse mal del error. El carácter obligatorio del juramento lo ha convertido en formalidad usual y lo ha privado de su valor. El juramento facultativo sería prestado, sin duda, con más seriedad.
    La penalidad del perjurio es la del falso testimonio (v.e.v.). (5314.)

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