- Retractación pública de las manifestaciones hechas, ya la suscite espontánea la convicción contraria, ya se ofrezca como pacífica reparación, ya se logre por efecto coactivo de la reacción amenazadora del ofendido o del temor de una sanción legal inevitable.
La Nov. Recop., en su lib. XII, tít. XXV, ley V, en caso de injürias verbales, obliga al agraviante a desdecirse, a cantar la palinodia, ante el juez y testigos, a menos de ser de la clase nobiliaria el injuriante; porque los privilegios aristocráticos de antaño relevaban de esta obligación, en realidad sólo justicia, a los calificados de nobles, aun cuando en tales supuestos no procedieran como tales. Platón, en Fedro, atribuye esta frase al poeta Estesícoro, que quedó ciego por haber compuesto versos desmerecedores para el honor de Elena; pero luego, conocedor de su yerro, y en nuevas estrofas, se retractó de eue dichos en la Palinodia, negando de modo especial lo antes afirmado de que Elena se había embarcado para ir a Troya. El relato se completa con la especie de milagro de haber recobrado Estesícoro la vista luego de retractarse.
En el Cód. Pen. esp. existe una modalidad de la palinodia al admitirse al acusado de calumnia o injuria, encubierta o equívoca, satisfacción acerca de la misma, a fin de evitar la pena que le correspondería si no como reo de calumnia o injuria manifiesta (art. 464). (v. RETRACTACIÓN.) (3.964.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual