- En términos amplios, orden, método. | | Mandato, disposición, precepto obligatorio. Estatuto para el régimen de los militares y para el gobierno de las ciudades, corporaciones, gremios o comunidades. Soldado que se destina para el servicio de un jefe u oficial; aun cuando tienda, al menos en tiempos de paz, a transformarse en algo como criado o gratuito servidor personal y familiar. Empleado subalterno encargado de llevar órdenes, comunicaciones o expedientes en las oficinas públicas y particulares.
Con referencia a Su Derecho histórico, los franceses distinguen hasta cinco acepciones diferentes dé ordenanzas: a) la propiamente dicha, o conjunto de materias por ,1o general muy diversas; b) el edicto sobre un objeto especial;, c) la declaración para interpretar una ordenanza o un edicto; d) las letras patentes relativas a intereses particulares, como la concesión desgracias o privilegios; e) la resolución pronunciada por un tribunal uninominal» por un solo juez, la providencia (v.e.v.).
La voz se usa por lo común en plural (6244.)
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