- Integra una de las modalidades de la impericia, cuyas consecuencias civiles se traducen en la indemnización de daños y perjuicios o en la repulsa de la obra, derechos correspondientes al que ha soportado o debería soportar la torpeza; en lo penal constituye modalidad de la culpa grave; y en lo laboral, y sobre todo en el período de prueba, justifica el despido o la cesación del vínculo, (v. IMPERICIA.) (3.160.)
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