Definición de LIBRO DE CONOCIMIENTOS


    Por R. D.
    esp. del 5 de febrero de 1903 se imponía a los escribanos, luego llamados secretarios judiciales, la obligación de llevar este libro, además de los Registros de procesados, de causas y de exhortos. El mismo está destinado a anotar las entregas y devoluciones de autos; contendrá "nota de los autos que se entreguen a los procuradores, con expresión de la fecha y del término por el que los reciben, cuidando de no hacer ninguna entrega sin que el procurador firme el recibo al pie de dicha nota. Cuando éste devuelva los autos, se cancelará el recibo a su presencia por medio de nota autorizada, con expresión de la fecha. En el mismo libro anotarán en igual forma los autos que se remitan por el correo, expresando además el objeto de la remisión, la clase de asunto y la fecha de la devolución en su caso". No se permiten otros claros entre los alientos que los precisos para las cancelaciones. La enmiendas e interlineados lian de ser salvados debidamente" (art. 20 del R. D. cit.).


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