- Orden o cuadro indicador de las horas a que han de efectuarse determinados actos, o que fija la duración máxima de los mismos señalando la hora de iniciación y la de término, con la interrupción o descanso que proceda. En oficinas oficiales y particulares, en establecimientos escolares, cuarteles, fábricas, comercios, obras, cárceles y demás lugares de actividades colectivas o relacionadas con el público, se establece un horario para las tareas internas y para las dedicadas a la comunicación social
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