Definición de FUERZA PROBATORIA


    Eficacia de cada uno de los medios de prueba admitidos por leyes. Importancia trascendental tiene al respecto que se trate del procedimiento civil o del enjuiciamiento criminal. Así, por ejemplo, la confesión de las partes, salvo demostrar que se ha incurrido en eiror de hecho, hace prueba plena en pleito civil; mientras la confesión del procesado no es suficiente por sí sola para imponer una condena en el procedimiento actual. Los documentos públicos, a menos de justificar de manera convincente su falsedad, han de ser admitidos asimismo como ciertos por los jueces o tribunales. Los restantes medios comunes de prueba, como los documentos privados, las declaraciones de los testigos y los informes periciales quedan entregados a la libre apreciación de los jueces, según los principios de la sana crítica. En cuanto a las presunciones, las de juris el de jure han de ser aceptadas por los jueces en los casos y formas determinados en las leyes; pero si de presunciones juris tantum se trata, la apreciación depende del conjunto de las pruebas al respecto. Por su naturaleza peculiar, la inspección ocular (o testimonio del propio juez) posee valor absoluto para el fallo. (3.698.)

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