Definición de ESCUELA ESPECIAL


    Dentro de la instrucción pública española, por Escuela especial se entiende el establecimiento de enseñanza superior que no tiene la denominación universitaria, y cuyos estudios no dan títulos de licenciados ni de doctores, sino los de ingeniero, arquitecto u otro adecuado con los estudios Seguidos. Se denominan también escuelas civiles especiales.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...