- El firmado por Constantino Magno, en la ciudad de Milán, a fines del 312 o principios del 313, y suscrito también por los correinantes Constantino Augusto y Licinio Augusto. Más que una disposición protectora de la Iglesia cristiana, luego de la histórica conversión de Constantino, constituye el primer monumento que consagra la libertad de conciencia; puesto que no sólo a los cristianos, sino a todos los súbditos del Imperio, se les dejaba en plena libertad para seguir la religión que mejor les pareciere, revolución sensacional en aquellos tiempos de fanatismo pagano e implacable persecución del cristianismo. Se ordenaba la restitución de los lugares arrebatados a los cristianos, sin que el fisco ni persona alguna pudieran reclamar el precio, (v. LIBERTAD DE CULTOS.)
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