- La totalidad de leyes establecidas por el antiguo pueblo de Roma. Se ha definido con mayor detalle cual el conjunto de "principios, preceptos y reglas que informaron las relaciones jurídicas del pueblo romano en las distintas épocas de su historia". Su expresión más precisa se halla en el cuerpo de Derecho Civil compuesto por orden del emperador Justiniano, y dividido en cuatro partes o colecciones: la Instituía, el Digesto o Pandectas, el Código y las Novelas.
Abarca todo el Derecho surgido desde la fundación de Roma, en el año 754 ó 755 a. d. J. C. hasta la muerte de Justiniano, en 565 de la era cristiana, con toda la influencia en la cultura y en la legislación universal, y más especialmente en España, donde todavía se invoca como vigente en algunos territorios de Derecho Foral.
Se distinguen en el mismo las siguientes épocas: a) la legendaria, desde la fundación de Roma hasta las XII Tablas; b) la arcaica, que llega hasta la pretura, hacia el 367 de J. C.; c) la preclásica, hasta el comienzo del principado de Augusto; d) la clásica, hasta Modestino, en el siglo III a. d. J. C.; e) y la postclásica, que concluye con. la compilación justiniana, iniciada en 529.
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