Definición de DELITO COMPLEJO


    La complejidad delictiva reviste dos formas: a) cuando un solo hecho constituye dos o más delitos, como el robo en casa ajena (que implica además allanamiento de morada) o la estafa utilizando un documento falso (que suma a la defraudación la falsedad); b) cuando existe pluralidad de actos, pero integrando uno o varios de ellos medios necesarios para cometer otro, el principal; así, el robo de una pistola para realizar un homicidio.
    Ambas especies están previstas en el art. 71 del Cód. Pen. esp., que dispone, en cuanto a la pena, que se impondrá la correspondiente "al delito más gravé, aplicándola en su grado máximo hasta el límite que representen la suma de las dos que pudieran imponerse, penando separadamente ambos delitos". Ha de haber relación de medio a fin; pues si se robara primero el arma, y luego surgiera el propósito de emplearla para matar, habría que sancionar dos hechos absolutamente aislados. La jurisprudencia interpreta con todo rigor el precepto, y no lleva a cabo la acumulación beneficiosa para el reo si se trata de un delito y de una /alta; por ejemplo, un atentado y unas lesiones leves, (v. DELITO CONEXO.)

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