- Una de las obligaciones del vendedor consiste en responder ante el comprador por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, y esto aun cuando los ignorase; pero no cuando se haya pactado su exclusión y concurriera la buena fe por parte del enajenante. Las consecuencias normales 9uelen ser la rescisión con devolución del precio o la indemnización, y a veces acumulativamente aquello y esto. La doctrina y legislación se expone con más amplitud en las voces EVICCIÓN y SANEAMIENTO.
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