- Contrato característico del Derecho Foral esp., con formas muy distintas en Cataluña y Valencia. En aquélla consiste en un préstamo de dinero a plazo determinado, para cuya garantía se hipotecan ciertos bienes, sin mediar juramento y sin intereses, salvo expresa estipulación, sustituida a veces por la concesión del arrendamiento de una finca.
En Valencia, el debitorio, poco usual ya, constituye una venta al fiado, en el que el comprador no paga el precio en el acto; el vendedor percibe, como compensación, mientras tanto, los frutos de lo enajenado.
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