- El que consta normalmente en el presupuesto aprobado por el Poder legislativo en el régimen parlamentario, o por el ejecutivo en las dictaduras o gobiernos provisionales, (v. CRÉDITO EXTRAORDINARIO.) El carente de privilegio. (v. CRÉDITO HIPOTECARIO y PIGNORATICIO; PREFERENCIA y PRELACIÓN DE CRÉDITOS.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda