Definición de CONSEJO REAL DE ESPAÑA E INDIAS


    Cuerpo consultivo de la Administración pública de la metrópoli y de Ultramar, de muy breve vida. Creado en 1834, al ser disuelto el Consejo de Castilla (v.e.v.), fué suprimido en 1836, en que los ministros resolvían por sí, sin consultar organismos especiales, hasta la constitución del Consejo Real en 1845, germen próximo del Consejo de Estado.


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