Definición de CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA


    Uno de los organismos principales de las Naciones Unidas, que está encargado de la alta dirección de la entidad en materia colonial. Lo integran los Estados que poseen territorios sujetos a fideicomiso (v.e.v.), en la peculiar y anglicana acepción internacional que la palabra ha adquirido; además, los cinco "grandes", aunque no tengan territorios en tales condiciones (son Estados Unidos, Rusia, Inglaterra, Francia y China) y otro número de miembros según esta enrevesada fórmula: "Otros tantos miembros elegidos por períodos de tre3 años por la Asamblea General y cuantos sean necesarios para asegurar que el número total de miembros del Consejo de Administración Fiduciaria se divida por igual entre los miembros de las Naciones Unida« administradores de tales territorios y los no administradores" (art. 86 de la Carta).
    Sus atribuciones, ejercidas en nombre de la Asamblea, son: a) considerar los informes de las naciones administradoras de territorios; b) aceptar peticiones y examinarlas en consulta con las autoridades administradoras; c) disponer visitas periódicas a los territorios fideicomitidos, en fecha convenida con la entidad administradora (¿para que se prepare la casa para la visita?); d) tomar medidas de conformidad con los términos de los acuerdos sobre administración fideicomisaria.
    Cada representante en este Consejofposee un voto; y el organismo resuelve por mayoría de los presentes y votantes, (v. los arts. 87 a 91 de la Carta.)

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