Definición de CONDOMINIO DE POSESIÓN


    Además de las reglas generales establecidas al tratar del condominio (v.e-.v.), el art. 450 del Cód. Gv. esp. dispone, en relación con la posesión que corresponda a varios partícipes en común, que se entenderá que cada uno "ha poseído exclusivamente la parte que al dividirse le cupiera durante todo el tiempo que duró la indivisión. La interrupción en la posesión del todo o en la parte de una cosa poseída en común perjudicará por igual a todos", (v. POSESIÓN.)

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