Definición de "ARBITRIUM JUDICIIS"


    Locución latina. Arbitrio judicial. Se entendía por él, durante el procedimiento formulario romano, la fijación por el juez, de conformidad con el arbitrio o libertad que la fórmula le permitía, de la prestación que el demandado estaba en la obligación de realizar a favor del actor, a fin de eludir la condena pecuniaria. En el procedimiento extraordinario, la facultad de apreciación judicial; el arbitrio judicial (v.e.v.), tal como se entiende modernamente.


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