- La que el librado de una catástrofe (como naufragio o incendio), o de extremo peligro (cual una acción de guerra), hace a favor de su salvador, y que el Cód. Civ. francés admite sin los requisitos de la adopción normal. Aunque, en realidad, más bien el que resulta padre del otro, por haberle conservado la vida, es el adoptado.
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