Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 97:88 de la CSJN Argentina - Año: 1902

Anterior ... | Siguiente ...

E 88 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE junio, fs. 245, con la sola excepción de tres cunrtas pipas de aguardiente y un cajón de aceite; Tas de los trasbordos núms 2358, 59 y 369 de octubre del 90 que corren Es. ISE, 182 y 171, son exactamente ienales di las contenido em las wmins ele removido 151, 181, 185 y 551 de ds. 176, 155, 151 y 204. unos y otros como los anteriores de Jorge Mac Leod y Cin, los diez en jones de almidon del trasbordo múm, 274, >. 255, están en la grtcion metano. VO les Us, 205; dis ele] rvmsteoredo mn, 112 solicitado por José Solari, Es, 27 son las del removido núm, 764 de ds.

209. p. e, tramitado por Jorge Mac Lem y Cin, 2 Que por la inspección verifienda por el Administrador de Aduana de Concordia, don José Lopez, informe de ds. $80, ler. e". de antos, y por lo que resalta de las guías del Ferro Carril del Este Arzentino, de fs. 352, 75 e°., está tunbién probado que no se han sacado de Concordia. por est vía, todas las mercaderías pedidas de removido y de trasbordo, simo tii solo esties 0 mprieblins, eptres eevrados set lato visto, sony esasi lts tmpismDIS, 4. Que ni las merenderías relacionadas en los trasbordos del considerando primero, ni las que consta del trasbordo número 4 de 15, 207, p. e..que están en las guías múmero 527 y 551, ni los correspondientes al año 1551 y UI. números 152.

32, 2, 1068, 1655, 13 y Ride Es. 905 y siguientes, mi las de los números 51 y 21 de 1852, fs. 69, p. e. no han sido introducidas en Eormenayana, panto para el emal iban destinadas, segun los permisos de Admrima, pres ssí lo prieta de tm minera concluyente el informe de La Adm de Uriisvmia de Es. 429 a 122, traducido á 65, 126 7 e", que Mé solicitado por este juzgulo y remitido por el señor Ministro Argentino eon nota de fs. 121; pues de las relaciones de dieta medusa resulta que solo se manifestaron allí las merenderías de trasbardo que no se han traído 4 los autos; y por los que no se formula ningún cargo; esto se purtentiza eomprimdo Ins relaciones de embarque con destino á Uraynayena, que corren ú

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

62

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1902, CSJN Fallos: 97:88 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-97/pagina-88

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 97 en el número: 88 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos