Que la expresula Doña Mauunricia T. de Cor.mias por medio de apoderado se preseat 7 ate esta Suprema Corte, exprraieado: Que, ea los primeros días de Merzo de 1595, por medio de un apoderado se había presentado nute el Gobierno de la Pro" vincia de Córdoba solicitaado se lejabranra, prévios los trámites de ley, el precio de la mayor prte de mn manzana de :
terreno situada en los altos de la cimdad de Córdoba, y comprendida en la zona denomina la Nueva Córdoba, mandada expropiar por ley de 26 de Octubre de 1555.
Que úd esa solicitud se acompañó: 1 La escritura pública otorzula en esta Capital por la Señora Ptelviaa Mena de Martísez, de fecha 5 de Mayo ee 1595, favor de la deman dante Señora de Cormans, por la que le vende sus neciones y derechos hereditarios que le correspondea por fallecimiento de su esposo, y que emsisten ex nos terrezos situados en la cindad de Córdoba, 27 Copia judicial del anto fecha Abril 1 de 193 (inserto taunbién en la escritura). por el que se le vanta la interdieción que afectaba ú la Señora de Martínez y se la declara hábil para enizenar sus bienes, 37 La partida de matrimonio de esta Señora con Don Justo Pastor Martínez, ¡Un plano suserito por el ingeniero municipal de Córdoba de la manzana de terreno que Doña Luciana Cabrera enazenó em fecha 25 de Octubre de 1553 á favor de Doa Justo Pas tor Martínez, reservando solamente las dos fracciones de tereeno enyas dimensiones expresa y que constan de la eseritura priblia que mlora mem pre.
Que se acunpañó slemás ú die solicitud un eroquis en que se determinan las ventas por expropiación heelims ab (ie hierno de Córdoba y un plano levantado por el agrimensor Don Aureliazio Buderean de La misma memzane, Que habiendo informado el Depariamento Toporráfico por orden del Gobierno sobre la solicitud de la demandante y hallándose en vista al Fiscal de Gobierno y Tierras Públicas
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:384
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