Cármen Guevara á foja die: y nueve, Da. Benjamina y Da.
Cármen Rodriguez desde foja cuarenta y seis vuelta hasta la cincuenta y una, y Rosa y Anjel Cortez á fojas sesenta y una y sesenta y dos, espresando la primera que Ayala se disgustó con Rios, por no haber ejecutado ó muerto cuanto ámtes al finado Quiroga; la segunda y tercera, que el disgusto por esta causa, llegó al estremo de irse á las manos con armas; y los dos últimos que confirmando este hecho principal, vieron al cadáver del finado Quiroga en el lugar del asesinato, que fué en despoblado, resultando por las heridas que habia sido degollado y aun descarnado en parte: Cuarto, Que si bien estos testigos no presenciaron el acto de degollar á Quiroga por haberlo internado al campo Ayala y Rios con las partidas que encabezaban, no puede caber duda alguna de ser ellos los autores del hecho, desde que manifestaron con tenacidad este propósito al tomarlo, y sacarlo de su casa como lo hicieron, apareciendo luego su cadáver á poca distancia de la poblacion :
Quinto, Aun en el caso de no haber manifestado Ayala sus propúsitos, como está probato, apareciendo el cadáver de Quiroga poco despues de ser sacado á la fuerza de su casa, el procesado y sus compañeros son inmediatamente responsables de su muerte con arreglo á las leyes del caso, mientras no acrediten su completa inocencia, como debieron y han podido hacerlo en el tiempo competente del juicio, sin que aparezca una sola prueba en este, que obre en ese sentido: Sesto, Que habiendo el procesado cometido el delito de fuerza con armas, se encuentra comprendido en el caso de la ley octava, título décimo, partida séptima que dice: eMas si con la fuerza que alguno fisiese tor« tiseramente, con armas, fuese muerto alguno home, quier € sea de su parte del forzado, quier de la otra, entonce « non debe ser desterrado el que fuese Mayoral 'del ayun«€ tamiento, mas debe morir por ende: » Sétimo, Que las circunstancias que precedieron y acompañaron á este hecho, de haber saqueado la casa del finado Qui7.
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Año: 1870, CSJN Fallos: 9:97
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