Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 9:21 de la CSJN Argentina - Año: 1870

Anterior ... | Siguiente ...

tado por fuerzas de San Juan y regresó á Guandacol, marchándose luego á Vinchina unido á otros Gefes, y pasando per fin á Chile perseguido por las fuerzas que lo derrotaron.

En el mes de Abril de 1868 apareció otra vez el procesado en Guandacol, remió fuerzas y se marchó al Cerro Negro donde fué sorprendido y derrotado por el Comandante D. Lázaro Martinez, escapándose hácia los llanos, donde se incorporó á la montonera de Elizondo que poco tiempo despues atacó y rindió esta Capital.

Despues de esto Butierrez se marchó á Guandacol donde fué capturado y puesto á disposicion de este Juzgado en 22 de Enero del presente año.

Durante esas correrías, el procesado aparece complicado en espoliaciones y violencias ejecutadas contra algunos vecinos, en la muerte de un soldado de sus fuerzas llamado Aniceto Castro, el mérito legal de cuyas complicaciones se examinará despues, Resultando, que el procesado es acusado del delito de rebelion contra el Gobierno Nacional, con las circunstancias agravantes de haber figurado en todas las escurciones relacionadas como cabecilla de la rebelion en los Departamentos del Ocste de esta Provincia, haber dado combates en que han muerto varios individuos y haber sacado contribuciones de dinero; cuya acusación se funda en las declaraciones de D. Luis Rodriguez, D. Ramon Angulo, informe de Da. Azucena V. de Carreño y declaracion de D. Pedro Martinez. — Los dos primeros hacen una relacion detallada de las escursiones del procesado desde que apareció por primera vez en aquellos Departamentos con fuerza armada, la misma que, de una manera suscinta, queda arriba consignada, presentándolo siempre como el gefe inmediato de las fuerzas con que andaba, segun aparece de sus respectivas declaraciones corrientes desde f. 14 via. hasta 19 vuelta, y de f. 20 á 28 vta. — Los mismos testigos á f. 60 y 61 declaran, que el procesado estuvo rebelado contra el Gobierno de la República cuando anduvo encabezando ban

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

86

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1870, CSJN Fallos: 9:21 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-9/pagina-21

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 9 en el número: 21 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos