DE JUSTICIA NACIONAL 451 ála parte, por cuanto importan la prosecucion del juicio sin haberse dado entrada en forma legal al Poder Ejecutivo de la Nacion, como lo pretende la parte demandada.
Por esto, se declara mal denegado el recurso interpuesto y se lo concede en relacion. Líbrese oficio al juez de la causa para que remita los autos con noticia de las partes. Notifíquese orizinal y repónganse los sellos.
BENJAMIN PAZ. — ABEL BAZAN.—
OCTAVIO BUNGE, — JUAN E.
TORNENT. — H. MARTINEZ.
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Año: 1900, CSJN Fallos: 84:451
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