j 0 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE .
E metto, y que no conoce á los demás procesados á los que sólo o ha visto y sabe recien que se llaman Juan Labatsuzan y José Galausino, con motivo de haber estado en el negocio del cual a es dependiente, junto con José Cometto, y haber hecho por inÉ termedio de éste un depósito de 68 pesos, retirándose después, Que mandado instruir por el juzgado el correspondiente suN mario, se tomó declaracion al procesado Juan Labatsuzan quien | declaró que sólo conoce á Gemoli Santini, y queá los otros 5 procesados no lus conoce, ú los que sólo ha visto en la comisarío L cuando fueron detenidos. Que el día 18 de Julio del año próximo pausado, fué ú su casa Gemoli Santini, ú buscarlo por necesitarlo para hacer un negocio, sin quererle decir qué clase de negocio era; que de allí se dirigieron al almacen calle Rodri— guez Peña y Lavalle, donde el declarante se encontró con un señor Cánepa con quien s° puso á conversar; que Grmoli Santini le dijo que lo esperara un momento, que ya había visto á los nápoles y que lo acompañara, dirigiéndose á la Plaza de Lorea, y que á la salida le dijo que guardara unos paquetitos cuyo contenido ignoraba el declarante, poniéndole uno de dichos paquetes en el bolsillo del chalrco y el otro el declarante lo guardó, diciéndole Gemoli que el paquete que tenía en el bolsillo del chaleco se lo diera á uno de los negociantes cuando le hiciera seña; que despues de envontrarse con los nápoles con quienes debía hacerse el negocio, siendo uno de ellos José Galausino, y el otro, ha sabido despues, era un pesquisa, se dirigieron á una cantina de la calle de Uruguay y de allí á la fonda Libertad esquina ú Viamonte donde depositaron una cantidad de dinero, y al poco rato salió el pesquisa con Galausino; que habiendo interrogado á Santini qué clase de negocio era el que tenía cen los indicados individuos, le manifestó que ronsistía en vender billetes falsos y que ci realizaba el negocio le daría al declarante cuarenta ó cuarenta y cinco pesos; que alarmado al saber esto quiso sacar lus paquetes que tenía en el bolsillo
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Año: 1898, CSJN Fallos: 77:60
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