e Que tan pronto como el expresado vapor terminó su descarga E en la dársena, el día 5 del mismo mes de Noviembre, se procedió É á un reconocimiento pericial de la partida de bolsas yerba á fin La de constatar si dicha mercadería había sufrido algun deterioro, É Con ese propósito y para evitar en lo posible mayores gustos, E convino con el armador del vapor € Nacion », don Pedro Gar tland, en que enviarían un perito por cada parte, nombrando con b tal objeto por su parte al señor Andrés Cavallo, y por la del arE mador señor Gartland, á don J, Casal, | Que resultando comprobado de la revisacion practicada, que existía una partida de bolsas averiadas, siendo la causa del deterioro sufrido, el haber venido sobre la cubierta del vapor, á E pesar de estarestipulado lo contrario en el conocimiento, propuso al señor Gartland como medio más conveniente y equitativo de solucionar este asunto, que se procediera al remate de la mercadería averiada, abonando la diferencia que resultara entre el precio del remate y el del artículo en plaza.
Que el señor Gartland se negó á ésto, alegando que no reconoeía la validez de la pericia efectuada de comun acuerdo entre las partes.
Que con tal motivo ocurrió al Juzgado, solicitando un reconocimiento pericial de la partida de bolsas yerba, fundado en lo dispuesto por el artículo 1079 del Código de C.mercio, proponiendo al efecto como perito por su parte, á don Andrés Cavallo, y pidiendo se intimara al señor Gartland, armador del vapor € Nacion >», propusiera otro perito por su parte, El Juzgado proveyó de conformidad 4 lo solicitado, notiticindosele al señor Gartland con fecha 7 de Diciembre de 1895.
En 10 del mismo, el señor Gartland se presentó manifestando al Juzgado que sin perjudicar sus medios de defensa, nombraba como perito por su parte á don José Casal, protestando al mismo tiempo contra el señor Montero, por los intereses y costas que se le originaban,
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Año: 1896, CSJN Fallos: 64:128
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