Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 57:419 de la CSJN Argentina - Año: 1894

Anterior ... | Siguiente ...


CAUSA CCLX VII
1. Costa y €", contra Marenco y Cereseto, por daños y perjuicios; sobre competencia y costas Sumario.—No hay mérito para condenar en costas en la declaratoria de incompetencia aceptada por el actor, en virtud de hechos ignorados, cuando dedujo la demanda.

Caso.—L, Costa y C', argentinos, demandaron por daños y perjuicios á los señores Marenco y Cereseto, manifestando que el primero era oriental y el segundo italiano.

El Juez confirió traslado de la demanda, y los demandados opusieron excepcion de incompetencia, alegando que Marenco había tomado carta de ciudadanía en Mendoza y Cereseto había fallecido,siguiendo la sociedad con sus hijos, que eran argentinos.

L. Costa y C°" manifestaron haber ignorado esos hechos y adhirieron á la declaracion de incompetencia.

Fallo del Juez Federal Buenos Aires, Febrero 9 de 1894, Autos y vistos : De comun conformidad de partes, este Juzgado se declara incompetente para conocer en el presente juicio, debiendo las partes ocurrir donde corresponda.

Lalanne.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

71

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1894, CSJN Fallos: 57:419 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-419

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 57 en el número: 419 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos