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Fallos: 57:415 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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DE JUSTICIA NACIONAL 415 Procurador General, se declara mal denegado el recurso interpuesto ante el Tribunal Superior de Salta, y se concede con suspension de todo procedimiento. En consecuencia líbrese oficio para la remision de los autos de la referencia, con citacion del apelado y emplazamiento de quince días. Repúngase el papel.


BENJAMIN PAZ.—LUIS V. VARELA,
— ABEL BAZAN. — OCTAVIO
BUNGE. — JUAN E. TORRENT,
CAUSA CCLXVI
Contra E. Dell Acqua y €°, por falsa manifestacion ; sobre dobles derechos, Sumario. — No procede atenuacion de pena, cuando la falsa manifestacion no ha sido verificada antes de principiarse la verificacion del manifiesto.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:415 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-415

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