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Fallos: 55:321 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Por esto y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador Genera!, no se hace lugar al recurso directo deducido. Devuélvase al Juzgado de su orígen el expediente traido com» informe, y archívense estas actuaciones, prévia reposicion de sellos,
BENJAMIN PAZ.—LUIS V. VARELA.
—ABELBAZAN, —OCTAVIO BUN
GE. —JUAN E. TORRENT,
CAUSA LXVIII
Entra Pon Carlos Varas thijo yy otros, por infracceo de la dey nacemal de elecciones; sobre nulidad.

Sumario.— Aunque el juicio sobre infracción de la ley nacionalde elecciones debe ser breve y sumario, esto no excluye la necesidad de la audiencia de los acnsalos, y su omision anu la lo actuado. 7 , -

Caso. Lo indica el Fallo del Juez Federnt La -

Mendoza, Marzo 3ide 1591 Autos y vistos: Este sumario instruido por denuncia del Doc= tor Pedro A, Guevara y áinstancia fiscal, sobre infracciones á T. y 2

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:321 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-321

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