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Fallos: 52:164 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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164 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE ponde á esta causa, de la cual es Juez el señor doctor Lalanne.

No habiendo obtenido resultado alguno á pesar de haber transcurrido con exceso los cinco días que señala el artículo citado para expedirse el Juez inferior, me veo en la necesidad de solicitar de V. E, se digne señalarle término para que cumpla con este deber que le impone la ley, con prevencion de hacer efectiva en caso contrario, la pena establecida en el artículo 595 del mismo Código. Será justicia ete, Constituyo domicilio calle Perú 317.

Juan Coronado.

INFORME
Buenos Aires, Mayo 3 de 1893 Suprema Corte:

El Juez insfranscripto, evacuando el informe ordenado, en el recurso llevado ante V. E. por el representante de Iturbe y otros, erée que debe limitarse á exponer: que enfecha 16 de Abril próximo pasado, el Juzgado dictó la providencia de autos y con fecha 26 del mismo mes de Abril resolvió para mejor proveer librar elicio al Presidente de 'a Cámara de Diputados de la Nacion, pidiéndole ¡a remis: m "e ciertos antecede ntes relativos á las elecciones últimas ver icadas en esta Capital. En 29 del mismo mes se libró el oficio ordenado, no habiéndose recibido hasta hoy los antecedentes solicitado < Dios guarde á V. E.

J. V. Lalanne,

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:164 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-164

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