a e. 46 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE nombre de la moral, de la ley, y delos altos intereses de esta Sociedad, comprometidos y avasallados por un acto descomedido del Poder Ejecutivo, para pedirle, en uso del derecho que me acuerda la Constitucion, se sirva declarar que en el nombramiento hecho por el Poder Ejecutivo en la persona del doctor Juan V. Lalanne para Juez de Seccion de la Capital,no se han llenado los requisitos establecidos en la ley de 16 de Octubre de 1862 y que en consecuencia ese nombramiento adolece de defecto legal, Juan Coronaido.
Buenos Aires, Ayosto 2 de 1892.
VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
El artículo 100 dela Constitucion expresa en conjunto .
las atribuciones del Poder Judicial, y el 101 prescribe quela Suprema Corte ejercerá su jurisdiccion por apelacion, según las reglas y escepciones que prescribe el Congreso; pero que en todos los asuntos concernientes ú embajadores, ministros, cónsules extrangeros y en los que alguna provincia fuese parte, la ejercerá originaria y exclusivamente, La Ley de 14 de Setiembre de 1803, dictada por el Congreso en ejercicio de la facultad que le atribuyera al respecto el inciso 28 del artículo 67 de la Constitucion Nacional, determinó los únicos casos de jurisdiccion originaria de la Suprema Corte, y los enumeró detalladamente en sus incisos 19, 7,3 y 49,
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:466
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