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Fallos: 48:184 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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181 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE cantidades líquidas, artíenio 249, inciso 5. Ley de Procedimientos; resuelvo se lleve adelante la ejecncion.

con costas, dejando «4 salvo al ejecutado el derecho de repetir por la via correspo.diente, y sáquense copias de las declaraciones de los testigos como está mandado á foja...

| M. de T. Pinto.

Falo de la Suprema Corte Buenos Alves, Mayo 21 de 1892, Vistos:

Considerando que en favor de la excepcion deducida por el ejecntado, de proceder los doctimentos de fojas 4 y 5 de una deuda de juego, resultan los siguientes hechos y circunstancias :

1". La declaracion del testigo Carlos Garigiola corriente á foja 41 vuelta, de la cual resnita plena y categóricamente atirmada la verdad del hecho, expresando el testigo que en su presencia y en su propia casa se jugó la partida de maipes de que resultó la deuda y se firmaron en conseenencia los pagarés entinciados, 7», Las declaraciones de los testigos Pedro Dachary é Hipólito Garategui, fojas 25 y 45 vuelta, las cmiles expresan la verdad del hecho de que Frese jugó y perdió en la noche anterior al dia del otorgamiento de los pagarés referidos, que tuvo lugar por la mañaña may temprano. si

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:184 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-48/pagina-184

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