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Fallos: 48:183 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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DE JUSTICIA NACIONAL 183 del juego no le consta de ciencia propia sino por haberlo , oido á Garigiola. y Garastegui 4 foja..... tambien afirma que vió jugar ú Beron con Frexe á los naipes en el Café Popular la noche del 24 de Octubre y que aquel ganó á éste sin — saber que cantidad, y no sabe nada sobre la obligacion de que procedan los pagarés en ejecucion. TN El hecho fundamental en que se basa la excepcion es A que los títulos con que se ejecutan Meron otorgados para pagar una denda contraida en juegos prohibidos por la ley y realizados entre Frexe y Beron, y este hecho debió pro- | harlo el excepcionante según la regla de que al que afirma un hecho inrumbe probarlo; y según se ha visto | Él está sostenido por la declaracion de un solo testigo | presencial, Garigiola, pues Dachary se refiere al dicho de éste, y Garastegui nada sabe; y el testimonio es ineficaz | pira probar según la ley 32, título 16, partida 37 el axioma es: wnius responsio testis non auditur.

No basta demostrar como lo ha hecho el ejecutado, que que en la noche que precedió ú la fecha de los docnmentos | de foja..., Frexe y Beron jugaron á Jas naipes y éste x le ganó ú aquél. pues de esto no se deduce necesariamente que esos documentos representen el valor ganado enla jugada, porque ellos bien pudieron reconocer otra causa de deber. La presunción que de ese hecho se y desprende podria talvez robustecerce hasta llegar á formar prueba perfecta en la discusion amplia de un juicio ordi- | nario: por si solo carece del mérito necesario pura destruir la fuerza ejecutiva de los pagarés de fojas 4 y 5.

Por estas consideraciones y siendo los documentos de ! fojas 4 y 5 de aquellas que traen aparejada ejecucion por ratarse de pagarés reconocidos, de plazo vencido y por ,

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:183 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-48/pagina-183

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