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Fallos: 47:262 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Este se presentó exponiendo: que á lin de prevenir errores que podría ocasionar el reconocimiento llano de la carta presentada por la otra parte y que daría lugar á ereer que las cnentas estaban concluidas á los efectos de la ley mercantil, pedía que el apoderado de los Señores Brownell y Compañía reconociera á su vez lu firma de éstos puesti en la cuenta corriente que exhibía, y en caso de no hallarse habilitado dicho apoderado para hacerlo, que se practicara el reconocimiento por el gerente de la casa, librándose para ello oficio al Juez federal de la Capital. La cuenta d que este parte se refiere es pasada á los señores Carreras por Brownell y Compañía con los siguientes saldos al 1 de Julio de 1891:

A favor de Browneil y Compañía... pesos - 594:5 ,73 oro Lo » Carreras... eceec.e... 9 MAMI En el mismo día que se presentó el escrito de esta parte, Don David Carreras reconoció la firma de la carta presentada por la de Brownell y Compañía; y en la propia fecha dispuso el Juez que compareciera el apoderado de estos señores á reconocer la firma de la enenta exhibida por Carreras.

La parte de Brownell y Compañía pidió despues que se librara anto de solvendo por el saldo en oro de la cuenta presentada en mérito del reconocimiento praeticado: En el mismo escrito pidió que se revocara la providencia que mandaba reconocer la cuenta preseintada por Carreras. sin perjuicio de que éste opusiera las excepciones que le correspondieran, despues de citado de remate.

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:262 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-262

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