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Fallos: 47:121 de la CSJN Argentina - Año: 1891

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Compañía, era reputada idónea en la plaza de Buenos Aires, y además que el señor Amadey no observó la venta hecha 4 esos señores, sino que, por el contrario, quedó satisfecho, como lo expresan las cartas citadas, como tampoco han sido observadas las cuentas, en las que cobraba solamente la comisión de venta y corretaje y no la otra llamada de garantía; Que la razón por la cual se presentan demandando al señor Amadey los señores B. Milhas y Compañía, y no B. Milha:á quien la comision fué dada, es porque posteriormente este señor formalizó su contrato de sociedad comercial con el señor Carlos Malcorra, sociedad que se hizo cargo del activo y pasivo de la casa de B. Milhas, y que en esa virtud tuvo que abonar los pagarés al Banco de Italia y Río de la Plata, que allí habían sido descontados; que la diferencia que resulta entre el saldo de la cuenta corriente de foja 18 y las cantidades adeudadas por el concurso J. Armando y Compañía, es á consecuencia de una venta de suelas que tenia en depósito el señor Amadey; que, por consiguiente, los señores B. Milhas y Compañía, son-acreedores del señor Amadey de la cantidad de cuatro mil novecientos sesenta y ocho pesos con veinte y tres centavos, importe del saldo de la cuenta corriente, con intereses recíprocos, además de los intereses del 12 anual capitalizados por trimestre que dicha suma devengase desde el 15 de Junio adelante, fecha de la cuenta, y al pago de las costas. 2 Que el demandado por su parte, alega lo siguiente:

Que hace seis años próximamente, que se formó en esta plaza la Sociedad « Amadey y Aguirre» á cuya disolucion se hizo cargo del negocio de curtiembre y acopio de frutos que giraba bajo aquella razon social,

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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:121 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-121

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