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Fallos: 4:133 de la CSJN Argentina - Año: 1866

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gado el dia de ayer en que se ordenaba exhibiesen 4 los Contadores don Angel de Elia y don Manuel Perez del Cerro sus libros de Comercio, á lo que habian contestado no llevar libros de comercio por haber cerrado sus operaciones mercantiles en Noviembre del próximo pasado con escepcion de un asiento hecho en Enero de este año, procedente de suministros hechos á ocho jévenes que se educan en Europa, cuyos gastos corren por los señores Saguier por cuenta .de sus respectivas familias ; asiento que hizo el tenedor de libros don Ernesto Van Reher en un viaje que hizo de Santa Fe á la ciudad del Rosario, donde reside por sus negocios particulares; que este individuo es el único que ha levado estos libros desde hate dos ó tres años y que habiendo concluidos las operaciones de la casa con la proteccion de los declarantes se estableció en aquel punto; que deben hacer presente tambien que la casa de don Cárlos Saguier y Hermanos, fué establecida para protejer á un medio hermano de los declarantes, y era mas bien una sucursal de la que los' declarantes tenian enel Paraguay, como consta en los mismos libros en que los declarantes figuran como comitentes, hasta que don Fernando se hizo cargo de ella, el cual procedió á la liquidacion, es decir, 4 cobrar y pagar, limitándose 4 eso y á realizar artículos que por su cuenta le venian del Paraguay, razoñ por la que sin'practicar ninguna otra operacion comercial conserva no obstante la firma de la razon de la casa, pues que teniendo aun en la Aduana artículos del Parayuay especulando con ellos es con esa firma con que se solicita el despacho.

Despues de esta declaracion se interrogó á don Emilio Voget del modo siguiente :

Pregúntado : si sabe ó si ha tenido conocimiento de un préstamo de dineros hecho por don Cárlos Saguier en el mes de Marzo; dijo que si, y que lo sabe porque don Félix Egusquiza le dió un apunte para que asentara en los libros, y ademas porque el mismo dia 3 de Marzo, don Félix Egusquiza le ordenó que le hiciese un recibo por la cantidad de 74,500 fuertes.

Preguntado si cuando lo llamó para que hiciese el recibo estaba allí Saguier, si habia alguno que lo acompañase y 4

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Año: 1866, CSJN Fallos: 4:133 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-4/pagina-133

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